Pasado el feriado del 1° de mayo, en conmemoración del Día Internacional del Trabajador, muchos tendrán una nueva jornada de descanso que les permitirá disfrutar de un fin de semana extra largo. Sucede que este viernes 2 de mayo, es un Día no laborable con fines turísticos. Quiénes podrán aprovecharlo y cómo se paga si se trabaja, según establece la ley.
El calendario oficial de feriados de 2025 aprobado por el Gobierno Nacional, establece que este 2 de mayo es un «Día no laborable con fines turísticos». A través del decreto 1027/2024, publicado en el Boletín Oficial, se dispuso que tanto esta fecha como el 15 de agosto y el 21 de noviembre sean días no laborables, con el objetivo de promover el turismo en temporada baja y fomentar esta actividad.
Esto significa que no se trata de un feriado obligatorio. Así, queda en mano de los empleadores la facultad de dispensar o no a los trabajadores de cumplir con su jornada laboral.
Viernes 2 mayo: ¿cómo se paga si se trabaja?
Durante los feriados nacionales rigen las mismas normas que para el descanso dominical, siendo el trabajo una excepción a la que el trabajador no está obligado. En caso de trabajar un día feriado, el trabajador debe cobrar una jornada doble, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo.
Por el contrario, la adhesión a un día no laborable está en manos de los empleadores, no es obligatoria ni debe pagarse un extra por tener actividad ese día.

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